En el caso Hirsi Jamaa y otros c. Italia (Gran Sala, 23 de febrero de 2012), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que Italia vulneró el Convenio al interceptar migrantes en el mar y devolverlos a Libia sin evaluar de forma individual sus necesidades de protección.

La sentencia es considerada un hito contra los “pushbacks” marítimos y las expulsiones colectivas, y aclara que las obligaciones en materia de derechos humanos se aplican extraterritorialmente cuando un Estado ejerce control efectivo (incluido a bordo de buques). Ha sido central en el debate sobre prácticas fronterizas y rendición de cuentas en el Mediterráneo.